Hoy 6 de abril ya se puede obtener el borrador de la declaración de la renta 2021 y liquidar el IRPF en la web de la Agencia Tributaria. Millones de contribuyentes están llamados a presentar su declaración hasta finales de junio. Para ello se cuentan con diversos canales, en los que será clave el proceso de identificación.
Lo más cómodo en este inicio de campaña telemático es el canal web, que permite revisar con más comodidad todos los datos y presentar la declaración en simples pasos sin complicaciones, pero no es la única opción.
Cómo acceder al borrador de la renta
Para acceder al borrador de la declaración se cuentan con diversas alternativas.
La alternativa más fácil a día de hoy es hacerlo por internet desde un ordenador, en el portal de la Agencia Tributaria. No requiere bajar ningún programa y se puede acceder desde cualquier dispositivo. Puede acceder cualquier persona, incluso con rendimientos de actividades económicas (autónomos).
Para acceder al borrador en la opción web se debe iniciar el trámite «Servicio de tramitación borrador/declaración». Para identificarse y acceder al borrador habrá que optar por DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN (cuenta con una app y proceso propio) o número de referencia.
Para conseguir el número de referencia se puede hacer con el número del DNI o NIE y el servicio REN0. Con esta alternativa el sistema pedirá tras varios pasos el importe de la casilla 505 de la declaración de la renta del 2020. La otra opción para conseguir el número de referencia es con certificado o DNI electrónico.
También se puede optar por obtener el borrador a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.
El acceso al borrador por teléfono, en el marco del plan Le Llamamos, arrancará el 5 de mayo. En el caso de la atención presencial, no se iniciará hasta el 1 de junio.
Cómo presentar la declaración de la renta a Agencia Tributaria
Tras identificarse se accederá al trámite del borrador de la renta. En primer lugar se tendrán que verificar los datos de domicilio fiscal actual. Una vez hecho, se debe clicar en Borrador/Declaración (Renta WEB). A continuación se tienen que comprobar los datos identificativos como nombres del declarante y familiares si es necesario y se puede elegir si se desea que el programa calcule solo la declaración individual, en la parte superior.
Es importante ir guardando el borrador cada cierto tiempo en la opción «guardar» para evitar posibles pérdidas de información que se incluya o seguir con el trámite más tarde o en otro dispositivo.
Hay que recordar que si se tienen dudas, también se cuenta con un apartado de «ayuda» en la parte superior.
Pueden saltar avisos si de entrada faltan datos. «Es necesario que revises y aportes los datos que faltan, bien contestando las preguntas que se te formulen o bien añadiendo los datos adicionales necesarios, y podrás obtener el resumen de resultados», se advierte desde la Agencia Tributaria.
En este sentido, si se necesitan incluir datos que no están en el borrador de la Agencia Tributaria, como las deducciones, se tiene que hacer clic en «continuar con la declaración» en la parte superior e ir pasando páginas para ir clicando en las distintas casillas que se necesiten modificar. Permite revisar los apartados y realizar las modificaciones. También se puede consultar la pestaña «Apartados» para saltar a distintas opciones. Y con la lupa que aparece a su derecha también se pueden buscar casillas concretas o conceptos.
Para confirmar que se ha incluido un cambio, se puede comprobar en «resumen de declaraciones» en la parte superior, lo que tendría que afectar en el resultado de la declaración. En «ver datos trasladados» también se podrán ver los datos incorporados o no incorporados en la declaración.
También se pueden editar datos desde esta pantalla final, clicando en el enlace numérico de los diversos conceptos, las cifras en azul.
Cuando ya se han hecho todos los cambios que no ha incluido la Agencia Tributaria o no se tengan que hacer, desde «resumen de declaraciones» se puede consultar el resultado de la declaración en la modalidad conjunta o individual y presentarla clicando en «presentar la declaración» en la parte superior. Antes se puede descargar una vista previa del resultado, que no es válida para presentar en todo caso.
Cómo se puede presentar el borrador de la renta
Una vez tramitado el borrador, para presentar la declaración se cuentan de nuevo con varias alternativas.
Por internet, hasta el 30 de junio, se puede presentar la declaración con ingreso con domiciliación, devolución, renuncia a la devolución y resultado negativo. O también se puede optar por un ingreso sin domiciliación. Siguiendo en el portal online, en el último paso se tendrá que elegir cómo se quiere recibir la devolución o el pago, señalando el IBAN -aparecerá el del año anterior-, y en cuántos plazos -fraccionado o no fraccionado-. También se puede renunciar a la devolución en favor del Tesoro Público. En todo caso, clicando en «Aceptar» se firma y envía la declaración.
Si se tienen dudas, Hacienda ha lanzado un folleto donde resume los pasos para hacer la renta en internet.
En la aplicación de la Agencia Tributaria también se pueden presentar declaraciones con ingreso con domiciliación, devolución, renuncia a la devolución y resultado negativo.
La opción de presentarla por teléfono bajo el plan Le Llamamos arrancará el 5 de mayo. La de hacerlo en las oficinas de la Agencia Tributaria y entidades colaboradoras arrancará el 1 de junio.
Para modificar una declaración ya presentada, se puede hacer desde el apartado Gestiones IRPF en el portal oficial.