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ImpuestosSociedades22/04/2014by gcebolleroImpuesto sobre sociedades

Desde 2013 es aplicable una deducción del 10% por la compra de activos nuevos. No obstante, la redacción de la ley es confusa y genera dudas. Pues bien, sepa que Hacienda las ha resuelto recientemente.(5% si se trata de contribuyentes que apliquen reducción del 20% del rendimiento neto por micropyme con mantenimiento de plantilla)

Informe DGT IE0041-14, de 6 de febrero de 2014

SIN DUDAS CON LA DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN 
(Empresas cuya cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 10 millones de euros)

Desde 2013 es aplicable una deducción del 10% por la compra de activos nuevos. No obstante, la redacción de la ley es confusa y genera dudas. Pues bien, sepa que Hacienda las ha resuelto recientemente.(5% si se trata de contribuyentes que apliquen reducción del 20% del rendimiento neto por micropyme con mantenimiento de plantilla)

 

Deducción poco clara

Dudas.

Desde 2013 es de aplicación una nueva deducción para las pymes que inviertan sus beneficios en activos nuevos. No obstante, dicho incentivo ha generado dudas:

  • Reserva. En primer lugar, la ley exige dotar una reserva indisponible igual a la base de la deducción. ¡Atención! Aun así, en ocasiones, puede ser que no existan beneficios suficientes para dotar dicha reserva, por lo que este requisito es imposible de cumplir.
  • Pyme. Dicho incentivo sólo se aplica a las empresas de reducida dimensión .¡Atención! Pero la ley no deja claro si la empresa debe ser de reducida dimensión en el ejercicio en el que obtiene el beneficio o en el que efectúa la inversión y se aplica la deducción.
  • Mantenimiento. Por último, la ley establece que si el activo objeto de la inversión se transmite antes de cinco años, el importe obtenido en su venta (o su valor contable, si es mayor) debe reinvertirse en la compra de uno nuevo. ¡Atención! Pero no se establece el plazo en el que se debe reinvertir.

Informe. Pues bien, sepa que la Dirección General de Tributos ha emitido un informe que aclara todos estos puntos. Vea a continuación los criterios que va a adoptar Hacienda.

Dudas resueltas

Duda 1. Respecto a la duda relativa a la creación de la reserva indisponible, Hacienda considera que aunque los beneficios del ejercicio no sean suficientes para dotarla, la empresa podrá aplicarse igualmente la deducción, siempre que acabe de dotar la reserva con los primeros beneficios que obtenga en los ejercicios siguientes. Además:

  • Hacienda exige también que los fondos propios de la empresa aumenten al menos en la cuantía de la reserva indisponible dotada. ¡Atención! La ley no dice nada en este sentido, por lo que esta interpretación es discutible.
  • En consecuencia, si su empresa dota una reserva indisponible y, al mismo tiempo, reduce el capital o reparte un dividendo con cargo a reservas de ejercicios anteriores, Hacienda podría discutir la deducción.

Duda 2. Respecto al ejercicio en el que deben cumplirse los parámetros para ser empresa de reducida dimensión, Hacienda considera que es el ejercicio en el que se obtengan los beneficios que después se invierten. Apunte. De este modo, si su empresa obtiene beneficios en 2013 pero no los invierte hasta 2014, para poder aplicarse la deducción bastará con que sea pyme en 2013 (si en 2014 no lo es, podrá igualmente aplicar el incentivo).

Duda 3. En cuanto al plazo de reinversión, en caso de que se transmita el activo antes de los cinco años, Hacienda considera que es de dos años desde el inicio del ejercicio en el que se transmite el activo objeto de inversión. Apunte. Por ejemplo, su empresa adquiere una máquina nueva en 2013 y aplica la deducción. Pues bien, si transmite dicha máquina a mediados de 2015, no perderá la deducción, a condición de que efectúe la reinversión entre 2015 y 2016.

  • Informe DGT IE0041-14, de 6 de febrero de 2014SIN DUDAS CON LA DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN 
    (Empresas cuya cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 10 millones de euros)

 

Desde 2013 es aplicable una deducción del 10% por la compra de activos nuevos. No obstante, la redacción de la ley es confusa y genera dudas. Pues bien, sepa que Hacienda las ha resuelto recientemente.(5% si se trata de contribuyentes que apliquen reducción del 20% del rendimiento neto por micropyme con mantenimiento de plantilla)

 

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